Neumáticos

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simex_tyreEl neumático es de los elementos más importantes del vehículo al ser el único componente que mantiene el contacto del automóvil con el terreno. Por lo tanto, aparte de las consideraciones que indicaremos a continuación para su homologación, el cliente también deberá tener en cuenta el uso que se le va a dar al vehículo (asfalto, arena, nieve, barro, roca, etc.) para escoger el neumático más adecuado.

Las modificaciones relacionadas con los neumáticos que nuestros clientes realizan y son susceptibles de homologación vienen ligadas al cambio de los neumáticos por otros de especificaciones distintas a los originales y pueden consistir en el cambio de dimensiones, índices de carga, códigos de velocidad, o bien el empleo de neumáticos de distintas características para el eje delantero y trasero.

Casos en los que se tiene que homologar la sustitución de neumáticos

Será necesario homologar los neumáticos en aquellos casos en que no se cumplan los criterios de equivalencia respecto a los incluidos en la homologación de tipo (originales). Si los neumáticos no están incluidos en la Tarjeta de ITV pero sí en la homologación de tipo del vehículo, no será necesario realizar la homologación y se podrá tramitar solamente mediante diligencia administrativa ante la estación de ITV para que esta realice la anotación en la Tarjeta ITV del vehículo. En caso de duda sobre los neumáticos incluidos en la homologación de tipo para un vehículo concreto podéis realizar la consulta en vuestra estación de ITV o bien en el apartado consultas adjuntando Tarjeta de ITV y permiso de circulación del vehículo.

Criterios de equivalencia para neumáticos:

  • Índice de capacidad de carga igual o superior.
  • Código de categoría de velocidad igual o superior. (*)
  • Igual diámetro exterior con una tolerancia de + 3 %.
  • Que el perfil de la llanta de montaje sea el correspondiente al neumático

(*) Pera vehículos de las categorías M, N y O, si se utilizan neumáticos con la inscripción M+S, MS o M&S tendrán que tener una categoría de velocidad igual o superior a la máxima estipulada del vehículo o no inferior a 160 km/h (código de velocidad Q). Si la velocidad máxima del vehículo es superior a esta, se deberá especificar en una etiqueta de advertencia de velocidad máxima, situada en un lugar destacado dentro del campo de visión del conductor del vehículo.

Además de los criterios de equivalencia, se debe tener en cuenta que en todo el recorrido de la suspensión y de la dirección del vehículo, no podrá existir riesgo de interferencia del neumático con otras partes del vehículo.

Si ya habéis decidido los neumáticos que vais a montar recomendamos consultar nuestra calculadora de neumáticos para comprobar si son equivalentes. Si estáis buscando neumáticos equivalentes podéis emplear el buscador de equivalencias.

Requisitos generales en cuanto a tipo y dimensiones del neumático para ser homologables

Todos los neumáticos montados en un vehículo, a excepción de los de repuesto, poseerán la misma estructura (en cuanto a las características técnicas de la carcasa del neumático: radial, diagonal, cinturado,...).

Todos los neumáticos montados en un mismo eje deberán ser iguales.

Los criterios actuales de los servicios técnicos nos permiten instalar neumáticos de hasta +10% de diámetro exterior sin necesidad de tener que desplazar el vehículo ni realizar ensayos. Aumentos mayores al 10% normalmente son homologables pero pueden requerir de la realización de ensayos.

El neumático se debe instalar en una llanta que tenga un ancho de garganta compatible con la media del neumático. Ante la duda os informaremos si el conjunto llanta-neumático es compatible.

En todo el recorrido de la suspensión y de la dirección del vehículo, no podrá existir riesgo de interferencia del neumático con otras partes del vehículo.

Los neumáticos no podrán sobresalir de la carrocería o guardabarros. En caso contrario, se deberán instalar guardabarros o aletines suplementarios más anchos y tramitar la reforma según se indique en el Manual de Reformas.

Índices de carga homologables

Se podrán reducir los índices de carga si el nuevo índice de carga por lo menos es capaz de soportar la mitad de la MMTA del eje que soporta la carga mayor en caso de vehículos que lleven neumáticos del mismo tipo en formación simple, o bien la mitad de la MMTA del eje en cuestión en caso de vehículos que lleven neumáticos de varios tipos en formación simple. Tabla de índices de carga.

Para vehículos que lleven neumáticos en formación doble (gemelos) consultar.

Códigos de velocidad homologables

Deberán ser compatibles como mínimo con la velocidad máxima del vehículo de fábrica declarada por el fabricante. Tabla de códigos de velocidad.

En el caso de instalar neumáticos con un código de velocidad inferior a la velocidad máxima del vehículo: Solamente para los vehículos de las categorías M, N y O, será suficiente con que los neumáticos tengan una categoría de velocidad igual o superior a 160 km/h (código de velocidad Q) si llevan la inscripción M+S, MS o M&S.

Homologación

Documentación a presentar en la estación de ITV para sustituciones de neumáticos por otros no equivalentes:

doc_informe_conformidad

Informe de conformidad

doc_certificado_taller

Certificado del taller

NOTA: En aquellos casos en que se produzca un aumento de diámetro exterior mayor que el 10% el servicio técnico podrá requerir la realización de un ensayo de frenado.